SIGLO XVIII
LA ISLA DE SANTO DOMINGO CUNA DEL RITUAL ESCOCES ANTIGUO Y ACEPTADO EN AMERICA
Samuel Harrison Bainard en su obra ''History of the Ancient Supreme Council, 33 Ancient Accepted Scottish Rite of Freemasonry, Northern Jurisdiction of U. S. A. and its antecedents'', y Charles Sumner Lobingier, 33, en su historia intitulada ''The Ancient and Accepted Scottish Rite of Freemasonry'' afirman que Etienne Morin arribó a la isla de Santo Domingo en 1762. Dos años más tarde libra él a Osonde Verier de Port au Prince un certificado como Gran Elegido Perfecto y Sublime Masón Escocés, siendo Verier, además tesorero de la Logia ''Perfecta Armonía''. Nótese que Morin fue específicamente autorizado a establecer esa Logia.
Morin se traslada a la vecina isla de Jamaica. Allí nombra su primer diputado a Henry Andrew Franken y funda en 1769 un Consistorio de Príncipes del Real Secreto. Veinte años después es establecido allí otro Consistorio por Moses Cohen y Abraham Forst procedentes de Filadelfia. Este cuerpo fue el que reconoció y aprobó oficialmente los trabajos del Consistorio de Charleston en 1797. Henry Andrew Franken llegó a New York procedente de Jamaica en 1767. Llevaba por misión unir a la Fraternidad por más estrechos lazos. Resultado de sus fructíferas gestiones fue la creación de la Logia inefable en Albany en 1767 como el primer cuerpo del Rito de Perfección en el Continente norteamericano. Esta Logia fue clausurada en 1774 y reinstalada en 1821 continuando activa hasta el presente.
En Diciembre de 1767 se establece en Saratoga N. York, un Consejo de Príncipes de Jerusalén, bajo la autoridad de Franken. En 1796 establecen masones franceses, refugiados procedentes de Santo Domingo, un Consejo Kadosh con el hombre de Triple Unión, en Philadelphia. En 1783 se establece en Charleston una Logia de Perfección que se refunde en 1788 con el Capitulo Royal Ark, cuya carta constituida procedía de Dublín, Irlanda. El 2 de Febrero de 1788 se constituye en Charleston un Consejo de Príncipes de Jerusalén.
Albert Pike dice, que el Registro de Delahogue contiene como su primera anotación, la filiación de los poderes transferidos por Morin. Dice que él dio el grado de Diputado Inspector General al hermano Frankel, en Jamaica, él a Moses M. Hayes en Boston, éste a Spitzer en Charleston y todos los Diputados Grandes Inspectores, reunidos en Sublime Consejo, en Philadelphia, a Moses Cohen y él a Hyman Issac Long.
Hyman Issac Long dio el 12 de Noviembre de 1796 carta Patente para un Gran Consistorio de Sublimes Príncipes del Real Secreto. Este primer Consistorio Norteamericano, fue constituido, según Pike, en la Logia “La Candeur” de Charleston el 13 día, onceno mes del año masónico 5796 que corresponde al 13 de Enero 1797. Este Consistorio fue compuesto, principalmente, por hermanos refugiados procedentes de Santo Domingo; a saber: Delahogue, De Grasse, Magnan, Saint Paul, Robin, Petit, y Marie. Este Consistorio es, en consecuencia, hijo del de Kingston pues Long, quien le dio Carta Patente, actuaba por mandato de los Príncipes de la Masonería de Kingston.
Barend M. Spitzer nombra, en fecha 2 de Abril de 1799, Diputado Inspector General a John Mitchell.
PRIMER SUPREMO CONSEJO DEL GRADO 33
El 31 de mayo de 1801 John Mitchell, Federico Dalcho, Emanuel De la Motta, Abraham Alexander, Mayor T. B. Bowen, e Israel Delieben crean en Charleston, Carolina del Sur, E.U. el Supremo Consejo del Grado 33, madre de los Supremos Consejos del mundo.
Los hermanos citados eran miembros de Cuerpos que derivaban la legalidad y autoridad de su vida masónica de Etienne Morin, a través de sus Diputados debidamente autorizados por él para propagar el Rito en el continente americano.
El 21 de Febrero de 1802 nombra el Supremo Consejo recién creado al ilustre hermano Conde Alexander François Degrasse Tilly, Gran Inspector General y Gran Comendador de las Indias occidentales francesas y al hermano Delahogue, Teniente Comendador y le dan cartas patentes para establecer Supremos Consejos en Francia y en las Colonias francesas e inglesas en las Indias Occidentales.
E1 22 de Diciembre de 1804 estableció Degrasse el Supremo Consejo de Francia, luego fundo los de Nápoles, España, y Países Bajos.
Como dejamos anotado anteriormente, de Grasse Tilly y Delahogue eran masones procedentes de la isla de Santo Domingo.
Alexandre François Auguste de Grasse Tilly nació en Versalles en 1765 hijo del famoso almirante, el Marqués de Grasse Tilly cuya flota cooperó con el ejército de Washington e hizo posible la victoria de Yorktown. De Grasse funcionio en Cabo Frances, Santo Domingo, en 1789, como coronel de voluntario y el mismo año siguiente como Capitán General de la Guardia Nacional en Port de Paix. En 1793 figura como Comandante en Jefe de todas las tropas en el Cabo.
Hijo de la Logia Escocesa ''Contrat Social'' de Paris, en 1798 fue de los fundadores de la Logia ''La Candeur'' de Charleston y su Venerable Maestro en 1798.
Jean Baptiste Nöel Marie Delahogue, suegro de De Grasse Tilly, fue notario en Cabo Francés (1773-1792) y Consejero del Cónsul Superior de Santo Domingo hasta el final de 1795.
Fue en 1796 uno de los fundadores de la Logia ''La Candour'' de Charleston y su primer Venerable Maestro.
SEGUNDA CORRIENTE DE MASONERIA ESCOCESA LLEGADA A LA ISLA DE SANTO DOMINGO A MEDIADOS DEL SIGLO XVIII
A continuación exponemos novísima y trascendental información sobre otra corriente masónica que alcanzó a la isla de Santo Domingo, esta vez por el norte, en la Ciudad del Cabo, Haití, procedente de fuente original más inmediata, y directa que la primera, pues vino de Edimburgo, Escocia y llegó a nuestra isla, vía Marsella, en 1802, cuarenta y un años después de la comentada en el capitulo anterior, la de Etienne Morin, que en 1761 vino vía Paris, Burdeos, Jacmel y Port au Prince.
Conceptuamos la siguiente exposición de capital importancia, por su origen y naturaleza documental, porque da mentís a los que mal informantes, aseguran que la Masonería Escocesa nació en América.
El Supremo Consejo del Grado 33 de Francia, con motivo de la reciente celebración del sesquicentenario de su fundación por De Grasse Tilly, publicó un Álbum documentario que contiene no solo la autobiografía de De Grasse, sino también una serie de cartas plenas de interesantes datos históricos en relación a la colonia de ''Saint Domingue'', a su persona y a los generales napoleónicos, que operaron en ella: Rochambeau, Leclerc y Ferrand, creador éste último de las dos primeros Logias que funcionaron en territorio dominicano.
En ese álbum, (Págs. 39-43) encontramos y tradujimos los dos documentos siguientes que transcribimos, dejando al lector el juicio de su contenido y alta significación:
CONSTITUCIONES
Transcritas bajo el No. 2, acordadas por la Serenísima Gran Logia Metropolitana de Edimburgo Soberana de codas las Logias esparcidas sobre la superficie de la tierra a la M∴R.∴Madre Logia Escocesa de Francia al Or... de Marsella.
De la Logia Perfecta de Escocia situada a los 56 grados de latitud norte, para mantener el uso en la perfección de la orden Masónica enterrada bajo las ruinas de B... G..., y para la multiplicación de los R∴R...H∴H∴M∴M∴ escoceses, consentimos unánimemente y damos poder a nuestro digno hermano George Duvalmont que firma con nosotros, de constituir en Francia las Logia, que le plazca, de la augusta expectable y perfecta Orden Escocesa, siguiendo nuestros usos y, aun, ceder, traspasar las presentes al hermano que encuentre digno y capaz, aprobando dicha cesión y le damos poder de constituir a otros y nombrar los H... H... M... M... y oficiales de las Logias legitimas que el encuentre a propósito.
Dado el año de Logia 575I y el 17o día del 4o mes.
M... Vorchestre, Gr. Maestro
S Egmond, 1er. Gr. Vigilante
C. Oston, 2do. Gr. Vigilante
Leicester, Secretario.
Mansfield E. Duvalmont fundador de la Logia Madre Escocesa de Francia.
2o.
Fuente: Historia de la Masonería de Haim López Penha
Quinta Época
MASONERIA DOMINICANA
CREACIÓN DE LA GRAN LOGIA SIMBÓLICA DE LA REP. DOMINICANA, DEL SUPREMO CONSEJO DEL GR. 33 PARA LA REPUBLICA DOMINICANA, DEL GRAN ORIENTE NACIONAL Y DE LOS TALLERES DE SU DEPENDENCIA. PACTO DE ALIANZA
En el mes de Septiembre de 1858 provoca el hermano Tomás Bobadilla, a instancias de muchos prestigiosos masones, varias reuniones preliminares con el fin de dar nueva vida regular a la Masonería en la República Dominicana.
El 3 de Octubre de 1858 se reúnen en asamblea masónica los Soberanos Grandes Inspectores Generales Caballeros, José Diez, Antonio Madrigal. Gabriel José de Luna y David León; los caballeros Kadosh Tomás Bobadilla; Francisco Xavier Abreu; José Mateo Perdomo; Manuel Joaquín Delmonte y Felipe Perdomo; el Caballero Prusiano, Antonio Delfín Madrigal; el Caballero Rosa Cruz, Jacinto de Castro y el Maestro simbólico Benito Alejandro Pérez.
El objeto de la asamblea está consignado en el acta de la misma que se transcribe a continuación:
A L ... G ... D ... G ... A ... D ... U ...
En el Or... de Santo Domingo el día 3 de Octubre de 1858 (según la E…V...) que corresponde al 8o. mes masónico del año de la V... L... 5858. Bajo la Bóveda celeste, en un lugar donde reina el silencio, la paz y la concordia se reunieron en asamblea masónica los h. h. José Diez, Gr. Inspector Gral.; José Luna, Gr. Inspe. Gral.; David León, Gr. Insp. Gral.; Ml. de J. Delmonte, Cab. Kadosh; Fco. Xavier Abreu, C. K.; Felipe Perdomo; C. K.; Mateo J. Perdomo, C. K.; Jacinto de Castro, R. A.; Tomás Bobadilla, C. K.; Antonio D. Madrigal, Cab. Prusiano; y Benito A. Pérez, Maestro Simbólico, con el objeto de tratar sobre negocios que interesan a la Orden en general y el Cab., Bobadilla, habiendo pedido y obtenido la palabra, trazo la plancha anexa, de la cual se desprendió la siguiente proposición: ''Que se instale en este Or. Capital de la República Dominicana una Gr. Log. Simb. que dirija y regularice los trabajos de la Masonería Nl. a reserva de dar cuenta de esta disposición a los G. G. 0. 0. Extranjeros”.
Puesta en consideración, fue escrupulosamente discutida, y reconociendo que la mayor parte de los Masones que componían la Asamblea se hallan investidos de grados superiores, entre ellos cuatro con poderes administrativos, y teniendo además en cuenta el caso extraordinario y excepcional en que se halla el país, se hace necesario para la habilitación de la Masonería, la formación de un núcleo directivo que con carácter de Gr. Logia expida constituciones a los Talleres que se instalen en la Rep. Dom. y estatuya todas cuantas reglas se hagan indispensables para el efecto; hubo de resolverse como al fin se resolvió: ''que la proposición hecha en virtud del trazado del Cab.
Bobadilla fuese admitida de lleno y que para emprender los trabajos con se seguridad de no ser inquietados por la autoridad civil, se nombrase una comisión de tres h. h. que fueran donde el Jefe del Estado a impetrarle su beneplácito poniendo bajo su protección los trabajos de la Mas. Nl. de la Rep. Dom.; y que la misma comisión de imponer a topos los masones regulares esparcidos sobre la superficie del país, sobre la instalación de la Gran Logia Nl. para que le presten su debido acatamiento.
Esa comisión fue compuesta de los Cab. Bobadilla, Delmonte y Madrigal padre.
En seguida fue acordado que para una tenida próxima se resolvería sobre la elección de los Dignatarios y Oficiales de la Gr. Log. Nl. después de cuya instalación se libraran los estatutos reglamentarios para la regularización y buen orden de los trabajos de la más. Nl.
Siendo ya media noche en punto, todos los h. h. Presentes subscribieron este trazado, despidiéndose contentos y en la mejor paz y concordia. José Diez, Gabriel J. de Luna; Madrigal; David León; Bobadilla, Juan Mateo Perdomo; Ml. de J. Del Monte; Felipe Perdomo; Fco. Xavier Abreu; Jacinto de Castro; Antonio D. Madrigal, Benito A. Pérez.''
Don Carlos Nouel, grado 32, la más alta autoridad como historiador de la Masonería Dominicana, quien tuvo a su disposición para su obra histórica, las referencias y archivos de su suegro el hr. Tomás Bobadilla, afirma al respecto: “Desde esa fecha (3 octubre 1858) tuvo nacimiento la Gran Logia Nacional de la República. –
La Gran Logia en su tenida de fecha 24 de Octubre de 1858 voto el siguiente:
ESTATUTO
A L ... G ... D ... G ... A ... D ... U ...
A todos los M. Reg. esparcidos sobre la superficie del territorio de la República Dominicana.
Salud - Fuerza – Unión
Atendiendo a que existe en el país un crecido número de masones regulares que por falta de talleres dejan de ejercer hoy sus trabajos en el Arte Real; considerando, que constituido el país en Nación libre, independiente y soberana, está en capacidad de tener una Masonería esencialmente nacional, según lo autorizan los estatutos generales de la Orden; En vista de los grados superiores de que se hayan investidos los infrascritos y a reserva de dar cuenta a los Grandes Orientes extranjeros, Se ha venido en resolver y se resuelve lo siguiente:
Articulo 1o.: Se constituye una Gran Logia Simbólica en la Capital de la República Dominicana, compuesta de masones regulares, de grados perfectos, filosóficos y administrativos, la cual se ocupará de expedir cartas constitutivas a los talleres simbólicos que se instalen en el país y de reglamentar todo lo concerniente al buen orden y regularización de los trabajos.
Articulo 2o.: Se reserva para una disposición posterior la adopción del Rito bajo el cual deban tener lugar las operaciones masónicas del Oriente Dominicano.
Dado en el Or. de Santo Domingo, a los 24 días del mes de Octubre de 1898 (según la E .-. V∴) José Diez; Gabriel J. I. de Luna; A. Madrigal; David León; Tomás Bobadilla; José Mateo Perdomo; Ml. J. Delmonte; F. Perdomo; Fco. Xavier Abreu; Jacinto de Castro; Antonio Madrigal.
La instalación de los altos funcionarios de la Gran Logia tuvo lugar el 11 de Diciembre de 1858.
DISCURSO PRONUNCIADO EL DIA 11 DEL MES DE THEBET 5858 V∴ L∴ CORRESPONDIENTE AL 11 DE DICIEMBRE DE 1858 E∴ V∴ POR EL IL∴ CAB∴ TOMAS BOBADILLA (*) G∴ M∴ DE LA GRAN LOGIA NACIONAL AL O∴ DE SANTO DOMINGO, A OCASIÓN DE LA QUE TUVO LUGAR ESE MISMO DIA (**)
M∴ IL∴ y QQ∴ HH∴ :
La muy (sic.) R∴ G∴ Log∴ establecida al Or∴ de Santo Domingo bajo el titulo distintivo de la “CONSTANTE UNION” acaba de ser instalada. Un tributo de gracias sean dadas al G∴ A∴ D∴ U∴ i a los M∴ IL∴ CABB∴ que tan bondadosamente han concurrido a la edificación de esta grande (sic.) obra.
La aurora de este día será siempre reluciente en los fastos de nuestra historia, i ella dirá que así como llenos de patriotismo proclamamos nuestra independencia nacional, con el más ardiente deseo de practicar virtudes civiles y morales, proclamamos nuestra independencia masónica. Es decir, las grandes luces reunidas hoy aquí, con el asentimiento general de los masones esparcidos en el territorio de la República, ansiosos de trabajar en el arte sublime de nuestra orden, han unido sus votos a los nuestros para el establecimiento de una Logia madre, i para que puedan echarse los fundamentos de un GG∴ OO∴ Nacional institutor i regulador que, puestos en comunicación con los GG ∴ OO∴ Extranjeros (sic.), cuide de cultivar las virtudes Masónicas acogiendo fraternalmente a los HH∴de todos los hemisferios, cualquiera que sea su idioma i sus creencias religiosas, con tal que crean en el Dios Eterno, que observen la moral i que tengan los demás requisitos que exigen los Reglamentos Generales.
Nuestro rito adoptado es el Antiguo Escocés franco i aceptado.
Jamás debe ver la luz el que no sea absolutamente libre, de edad madura, de buen carácter, de talento natural; el que no tenga medios visibles de adquirir una manutención honrosa, sin vicios, sin las malas cualidades que imprimen infamia o vergüenza pública o privada, i que no reúna los demás requisitos que imperan los Reglamentos Generales del Orden.
Honor, fidelidad, benevolencia con todos, amor al prójimo i firme creencia en el Supremo G. A. D. U. bajo estas bases es que en la oscuridad del tiempo i en la más remota antigüedad tomó su origen la Franc-masonería.
El hombre en su estado primitivo, comparando la obra de sus manos, con la de los animales sacó por resultado su superioridad.
Cuando comparó sus trabajos limitados, imperfectos y perecederos, con la eterna armonía de la naturaleza, vio que existía un ente poderoso, superior a todos los entes conocidos. Estando todo sometido a las leyes de la creación, de la conservación i de la destrucción, el A∴ Supremo fue reconocido. La prueba física de esas verdades se encontró en el conjunto del Universo, la porción: la más exigua, el ente más débil lo atestaba. El hombre vio a Dios en todas partes, y sin embargo no podía, concebirlo, porque su infinidad sin límites no podía ser abarcada por el pensamiento humano. Ensayo entonces conocerle, pero no pudo sino adquirir nociones particulares de comparación, atribuyendo a la divinidad la más grande extensión de todas las perfecciones de la humanidad: esto era juzgar a dios por el hombre, mas el ente supremo esta mas allá de los límites del entendimiento humano, y puede decirse que la sola cosa que Dios nos ha hecho conocer de Él es su existencia.
Las pruebas morales de la divinidad se unieron a las pruebas físicas. Ellas son tan numerosas y fuertes que era imposible rechazarlas en aquellos tiempos en que las pasiones criminales no había sofocado la más dulce persuasión del corazón, la más firme convicción del entendimiento.
Las relaciones morales que se derivan de la existencia de Dios y de la naturaleza del hombre, dieron el alma, por resultado.
De la existencia de Dios se deducen todas las propiedades que componen su sustancia inalterable, su eternidad, su presencia, su misericordia y todas las perfecciones.
De la existencia del alma se deduce su inmortalidad como una consecuencia moral i necesaria; i de su inmortalidad, su eterna sujeción a la justicia Divina.
Así, el pensamiento que condujo al hombre al conocimiento de Dios y que es una de las más fuertes pruebas de su existencia, engendró en el hombre físico una admiración desnuda i eterna por la arquitectura armoniosa del Universo, i en el hombre moral la admiración, la adoración, el amor y el temor al supremo Arquitecto.
Desde entonces las leyes naturales tuvieron una nueva sanción. La conciencia ejerció un poderoso imperio, la razón alcanzó su objeto. La naturaleza fue animada, la cadena de los antes creados formó un vasto círculo en que Dios fue a la vez el centro y la circunferencia.
El amor y el temor crearon el precio de las virtudes, el horror del crimen las delicias de la vida. Ellas hicieron temblar a los fuertes, y fortificaron a los débiles. Dios fue en todas partes: el malvado con terror, el judío como a su refugio.
La conciencia, intérprete sagrada de las virtudes divinas, fue el terror del culpable y el sostenimiento de la inocencia.
La adoración se manifestó en un culto interior. El alma se humilló con orgullo de Dios, de quien emanaba y le dirigió alabanzas y ruegos.
Los misterios de los Brahmanes, de los sacerdotes de Egipto, los de Isis y Osiris, la filosofía de Pitágoras y Platón, la de Moisés y la de otros hombres ilustres atestan estas verdades; y Salomón, el más grande, sabio, rico y religioso de los hombres y de los reyes, resolvió levantar a Dios el templo perdido por su pueblo y proyectado por su padre.
La construcción de este edificio fue prodigiosa, el concurso de los obreros fue grande, la necesidad de no confundir los talentos y de no pagar al inferior el trabajo del superior, les hizo dividir en tres clases: la de los aprendices; la de los compañeros y la de los maestros. Concluido el templo que sorprendió en belleza a lo que era de esperarse, admirado Salomón, reunió los obreros y les propuso edificar moralmente un templo en honor al GAU.
Continuaron todos y aunque obreros manuales, instruidos y piadosos llegaron a ser obreros de teoría. El grado de aprendiz encerraba las pruebas corporales de los misterios egipcios, el de compañero comprendía las instrucciones dada por los sacerdotes y sus conferencias; y la de Maestría era el conocimiento total de los misterios simbólicos, y la reunión de los conocimientos de los primeros grados.
Maestro es el que puede enseñar y el que conoce perfectamente la obra de creación, la perfección, la unidad de esencia, la substancia y todas las propiedades del Delta, principio de todas las verdades.
Murió Salomón, su masonería se mantuvo: Jerusalén fue destruida, y el pueblo judaico disperso, la masonería salomónica se extendió por toda la tierra, para facilitar el trabajo los que aspiran al descubrimiento de la verdad fue necesario establecer clases para desarrollar los emblemas que encierran los tres primeros grados sin correr del todo el velo; pero los emblemas dejan de existir? No!, los antiguos Masones sea por prudencia, o por otras razones, nos han ocultado el punto más importante de los tipos jeroglíficos que parecen anunciar hoy los enigmas.
Aquel que por su trabajo y sus solicitudes descubriese las sublimes verdades que encierra el conjunto de este arte, será perfectamente satisfecho, sus días serán dichosos, sus manos serán puras, y encontrará la felicidad a que todo mortal aspira.
Los hombres en todos los siglos se han dedicado a formar y reformar, a derribar y fabricar, sin embargo sus esfuerzos han sido inútiles. La razón era: Oíd y aprended vosotros fabricantes del presente día.
La razón era que admitían en sus templos levantados a la virtud los materiales discordes y heterogéneos, de orgullo, ambición, interés, malicia, engaño, hipocresía, envidia y calumnia. De aquí viene que sus fábricas incapaces de sostenerse, cayeron.
Los imperios de Egipto, Babilonia, de Asiría, de Persia, las Repúblicas de Atenas, de Esparta y de Roma, con muchas más de reciente fecha donde están!! Caídas… caídas, responde la voz de la Historia. Los meteoros de un siglo, la admiración de una porción del mundo, se elevaron, brillaron un poco, levantaron y se sumergieron bajo el horizonte de aquel paraje de olvido donde los espectros pálidos de la grandeza transitan en lamentos tristes de su gran gloria anterior.
Tales han sido las mudanzas y revoluciones que nos presentan la historia profana y la historia sagrada: pero el orden masónico, la Logia Universal sentada en una eminencia superior, sus cimientos alcanzando el centro y su ápice a las regiones etéreas se ha visto sobre como un océano turbulento, a una distancia inmensa debajo de nosotros, como los estados de este mundo, alternativamente elevados y derribados, según se hayan estimado los principios de virtud que los constituyen, mientras que apoyados en ella, la fabrica sublime de nuestra constitución, ha quedado inmóvil por siglos enteros y de ésta manera permanecerá, mientras el sol dora sus torres y la luna resplandeciente continua su curso.
La marea de los acontecimientos puede arrollar su base; la corriente de la fortuna y del tiempo puede reventar contra sus murallas, los torbellinos de malicia pueden asaltar sus torres; las lluvias de calumnia pueden descender sobre sus espaciosos techos, pero todo en vano. Una fábrica de tal manera construida y apoyada, es inexpugnable, como lo comprueban las diez semanas de años de cautividad bajo el imperio de Nabucodonosor (años 606 A de C.) y solo se disolverá, cuando los pilares del Universo se estremezcan, y desaparezcan en el abismo de la eternidad.
Al presentaros un bosquejo reglamentario, histórico y filosófico de nuestra institución, no he hecho más que recoger algunos materiales que se encuentran dispersos por aquí y por allí. Lo que hay de mi propio caudal, es el deseo de la perfectibilidad, y que esta nueva obra nacional marche con toda la regularidad que es debida.
Los reglamentos generales traerán la forma de nuestros trabajos. La lectura de la Biblia, de esa gran luz de la masonería enseñara el camino de la verdad, y el que conduce al templo de la verdadera felicidad.
La escuadra y el compás nos ensañaran a limitar nuestros pasos y acciones, y a ajustar nuestra conducta por los principios de la moral y de la virtud.
Es muy esencial, es indispensable la unión, porque con ella, los estados y las sociedades, generales y particulares se hacen fuertes, las instituciones se establecen y se consolidan, y sin ellas no se realizan las empresas, no hay prosperidad, y el abandono de toda certeza, de toda probabilidad, y de toda esperanza es una consecuencia necesaria.
Unión y benevolencia, esta es la fuente de todas las virtudes: el hombre aislado o reunido, no puede sustraerse a un sentimiento que es inherente a su existencia, amándose a si mismo está obligado a amar a los otros; Haz a los hombres lo que quisieres te hicieren…! Esta es la ley de la humanidad, esta es la naturaleza entera.
En todos los tiempos, la masonería ha florecido, bajo principios de virtud y de regularidad: en Inglaterra, en Francia, en Italia, en España, Portugal, Rusia, Francia, Irlanda, Holanda, en los Estados Unidos, en el Sur América, y entre todos los pueblos de la tierra, millares de hombres ilustres la han sostenido y hecho progresar, y es de esperarse, que en nuestro país, siguiendo los mismos pasos de tantos ilustres predecesores, se recojan sazonados frutos y que empeñados de mas a mas, por nuestro celo y nuestras virtudes unos hagamos dignos del rango de libres, francos, y aceptados masones.
Honor a la antigua, y venerada familia que sobre todos los puntos del globo puso a los hombres en estado de conocerse, llamarse hermanos sin parentesco y socorrerse mutuamente.
Gloria a nuestro Il. Gr. P. que a los eminentes servicios hechos a la patria, ha querido unir el libre ejercicio de nuestra asociación, para que sea un iris de paz, de alianza i de concordia en este pueblo.
Sumisión, gratitud i respeto al G. A. del M. por los favores que hasta hoy nos ha dispensado: que la humildad con que le reconocen nuestros corazones i con que le adoramos, sea una ofrenda de propiciación para que derrame entre nosotros sus luces, su bendición, la paz i la prosperidad!
Tomado de la Revista Clío, N˚ XXIX págs. 205 hasta la 207.
(Biblioteca de la Academia de la Historia).
Año 1967-1938
La Gran Logia tuvo un nacimiento original. En el proceso usual de la creación de una Gran Logia primero surgen las Logias y luego, por congregación de los representantes de las mismas, reunidos en Asambleas, constituyen el Cuerpo Directivo y Legislativo de los Talleres Masónicos. En el caso dominicano el procedimiento fue a la inversa, primero se constituyó la Gran Logia, compuesta por antiguos masones procedentes de la extinta Logia de la Obediencia del Gran. Oriente de Haití, dado en el capítulo anterior. Después se reunieron comités de masones que a su vez se constituyeron en Logias en instancia en las principales ciudades de la República.
Otro dato singular observado en el proceso de la formación de la Gran Logia es el que de los doce miembros que la constituyeron eran todos, con excepción de uno, el maestro simbólico Benito A. Pérez, masones de alta graduación, entre estos cuatro Soberanos Grandes Inspectores Generales, cinco Caballeros Kadosh, un Caballero Prusiano y un Caballero Rosa Cruz.
Durante muchos años la Gran Logia forma parte del ''Gran Oriente Nacional''. Este Alto Cuerpo directivo de la Masonería Dominicana se componía de cuatro grandes secciones; Simbólica, Perfecta, Filosófica y Administrativa. La simbólica se denominada ''Gran Logia Nacional''; la Perfecta, ''Gran Capítulo General''; la Filosófica, Gran Consistorio'' y la Administrativa, Supremo Consejo de Grandes Inspectores Generales Gr. 33.
La primera sección gobernaba las Logias simbólicas, la segunda los Capítulos, la tercera los Consejos Kadosh, la cuarta estaba compuesta de los Caballeros Gr. 33 cuyo número se fijo entonces en 27 como miembros del Gran Oriente.
Delegaban Representantes ante El Gran Oriente, nombrados por cuatro años, cada Logia y Capítulo en número de tres.
Los Consejo Kadosh sólo tenían derecho a dos Representantes cada uno.
El Presidente, nombrado ad-vitam, por el Supremo Consejo, tenía el título de Serenísimo.
El Gran Oriente Nacional fue instalado el 19 de Enero de 1866 y quedó disuelto el 27 de Diciembre de 1875, fecha en que, por motivos de una nueva Constitución votada, reasumió el Supremo Consejo del Grado 33º la Dirección total de la masonería dominicana, hasta el 27 de Mayo de 1890, cuando se reunió la Gran Logia Nacional y proclamó su independencia, previamente acordada por el Supremo Consejo.
Creación del Gran Oriente Nacional
El 15 de Octubre del año 1865 se reunieron en comité los Caballeros Sob ∴ Gr∴ Insp∴ Gls∴ José Ma. Leyba Ramírez, David León, Jacinto de Castro y Antonio Madrigal, bajo la presidencia del primero, con el fin de reconstituir el Supremo Consejo. En esa sesión fueron propuestos y aceptados para ser exaltados al grado 33 los Príncipes del Real Secreto Sully Dubreil, Tomás Bobadilla, Benito Alejandro Pérez, Pedro Valverde, Fco. Xavier Abreu, Felipe Perdomo y Rafael Ma. Leyba. En la misma tenida fueron exaltados los candidatos Bobadilla, Perdomo, Pérez y Valverde.
El 22 de Octubre de 1865 se reúne el Supremo Consejo bajo la presidencia del Caballero José Ma. Leyba Ramírez. En esa sesión fueron exaltados al grado 33 los Príncipes del Real Secreto Fco. Xavier Abreu y Sully Dubreil. Se procedió a las elecciones de los funcionarios del Supremo Consejo con el siguiente resultado:
Serenísimo Gran Com ∴ ad vitam: Tomás Bobadilla.
Teniente Comendador: José Ma. Leyba Ramírez.
Ministro de Estado: Fco. Xavier Abreu.
Canciller: David León.
Secretario: Antonio Madrigal.
Maestro de Ceremonias: Jacinto de Castro.
Hospitalario: Pedro Valverde.
Porta Estandarte: Sully Dubreil.
Capitán de Guardias: Benito A. Pérez.
En esa sesión fue creado el Gran Oriente Nacional y se votaron los siguientes estatutos:
A ∴ U ∴T ∴ O ∴ S ∴ A ∴ G ∴
DEUS MEUMQUE JUS.
El Supremo Consejo de Soberanos Grandes Inspectores Generales de la República Dominicana.
Considerando: que en virtud del incuestionable derecho que tienen los masones de cada Nación y Estado de crear un centro de gobierno, con absoluta independencia de toda otra autoridad masónica extranjera, los de la República Dominicana están en aptitud de establecer un Gran Oriente Nacional con facultad de darse sus leyes que informen los procedimientos en los diversos Talleres que funcionan regularmente en el país, y atendiendo a que la Gran Logia Simbólica, el Soberano Gran Capitulo General de Rosa Cruces y el Soberano Gran Consistorio de Valientes Príncipes del leal Secreto, como cuerpos constituyentes establecidos en la República, se han dirigido a este Supremo Consejo significando la conveniencia de establecer una alianza y dotar a la Masonería Dominicana de una Constitución, para la cual han hecho su debida sumisión basada en los reglamentos que respectivamente sirven de gobierno en aquellos cuerpos.
En uso de las facultades que le competen como Suprema Autoridad de la Alta Masonería, ha venido en decretar y decreta lo siguiente:
ESTATUTO Nº 1
Artículo 1. Desde la fecha y para siempre, se funda solemne y regularmente la alianza entre la Gran Logia Simbólica, el Soberano Gran Capítulo General de Rosa-cruces, el Soberano Gran Consistorio de Valientes Príncipes del Real Secreto y este Supremo Consejo de Soberanos Grandes Inspectores Generales de la Masonería Nacional.
Artículo 2. En consecuencia del Artículo que precede queda establecido “El Gran Oriente Nacional de la República Dominicana cuyo asiento se fija a los 18º 28' 55'' Latitud N. y 69º 52' 30'' Longitud O. del meridiano de Greenwich.
Artículo 3. Los diputados de la Gran Logia, del Soberano Gran Capítulo General y del Soberano Gran Consistorio, y los miembros del Supremo Consejo, componen el Gran Oriente Nacional.
Articulo 4. En conformidad con el artículo anterior procederán inmediatamente las elecciones simbólicas perfectas y filosóficas el nombramiento de su diputado respectivo.
Articulo 5. El Gran Oriente se reunirá de plena derecho en sesión extraordinaria permanente el 29 del presente mes para ocuparse de dictar la Constitución que deberá regir a la Masonería Nacional y de las demás materias que pueden interesar a la Orden.
CIRCULAR DEL GRAN ORIENTE NACIONAL
ORDO AB CHAO
El Gr ∴ Or ∴ Nacional de la República Dominicana
Circular: Al Seren ∴ Gr ∴ Comend ∴ del S ∴ S ∴ S ∴
Ill∴ y Pod ∴ H∴ Apenas reconquistada la independencia de la República, corrieron los Obreros de paz a reconstruir los Tall... que la mano del despotismo había intentado en vano destruir y en memos de seis meses han vuelto a tomar curso los trabajos de casi todas las Logias Simbólicas de la jurisdicción y de todos los Talleres Superiores.
El Gran Oriente Nacional, centro directivo de la masonería dominicana, formado de los Diputados de los Cuerpos regulares constituidos y de los Soberanos Grandes Inspectores Generales grado 33 residentes en la jurisdicción, se ha instalado definitivamente el día 1ro. de Enero último, con absoluta independencia de todo otro Cuerpo masónico extranjero y ha promulgado la Constitución que ha de regir en los Talleres dominicanos.
Este acontecimiento, que hará época en los anales de la masonería dominicana y en los de la América toda, así como el deseo que tiene este Gran Centro de estrechar los vínculos que han de unir a los miembros de la Gran familia, nos han impelido a dirigirnos al Serenísimo Gran Comendador del XXX persuadidos de que la voz amiga y hermana que desde este Oriente se alza, hallará eco en los Talleres de la dependen y que las relaciones entre ambos Orientes, aumentaré en el Arte Real, la Belleza que le da la Unión, la Fuerza que de ésta resulte y la Estabilidad que es su conciencia.
Este Gran Centro abriga esperanza de que el XXX de XXX recibirá con Placer la nueva instalación y que por Su Parte lo hallaremos dispuesto a estrechar los lazos que ya nos ligan como Hijos de la Verdadera Luz.
Yo, a quien el sufragio de mis Hermanos ha elevado, sin títulos, ni merecimientos, a la alta dignidad de Comendador ad vitam, me congratulo de ser en esta ocasión el órgano de los sentimientos de amistad fraternal de este Gran Oriente cuyos votos son por la estabilidad y perfeccionamiento de la Orden en General y particularmente por el de ese XXX y suplico a su Serenísimo Gran Comendador se digne aceptar los que dirijo al Soberano Arquitecto del Universo para que le de Salud, Contento y Sabiduría.
Os saludo - Oriente de Santo Domingo 17 de Febrero de 1866, E... V...-El Serenísimo Gran Comendador ad vitam. Tomás Bobadilla 33.-(L. S.) El Gran Sec ... Carlos Nouel 30.
Antiguo Logo del Supremo Consejo G° 33 Confederado para la Rep. Dominicana que se utilizaba en las comunicaciones de los años 1906; década después de la Independencia Masónica a raíz de un acuerdo interinstitucional y con la cual surgen las dos potencias que conocemos hoy, actuando e interactuando de formas totalmente autónomas.
DEL LIBRO DE ORO DEL GRAN ORIENTE NACIONAL
Extraemos estos datos que dan testimonio del espíritu masónico que animó aquel Alto Cuerpo Directivo.
En la tenida del 2 de Mayo conoce el Gr. Or. Nacional de una plancha del Hr. Joaquín Silva; del Oriente de Puerto. Plata, participando que el hermano Andrés Cassard le había nombrado Vice Patrono de la Orden “Las Estrellas de Oriente'' y autoriza a conferir los grados de esa Orden a los Maestros y a sus esposas, viudas e hijas. En el mismo sentido escriben desde el Oriente de Santiago, en fecha 8 de Marzo de 1870, los hermanos Rafael Ma. Leyba y José Manuel Glass.
El 1º de Abril 1872: Conoce el Gran Oriente de una proposición ''de que se oiga el parecer de los Talleres constituidos, a la vez que a la comisión de este Gran Centro, en relación a si el Jefe de la Masonería Nacional deba ser Soberano Gran Inspector General natural de la República o no, si temporal o ad-vitam, y si la nominación toca al Gran Oriente Nacional como la suprema autoridad masónica, para que con los datos que se obtengan estar el Gran Oriente en aptitud de dictar un acuerdo conforme al querer de la mayoría de los masones de este suelo''.
En la sesión del 6 de Enero de 1873 deroga el gran oriente el acuerdo del 29 de marzo de 1870 que fijaba el número de hermanos de que daba contar un Taller para que se pueda crear otro en el mismo oriente.
E1 4 de Mayo 1873 discute el Gran Oriente sobre la nacionalidad que debe tener el Soberano Gran Comendador. No hubo decisión sobre el particular, por el empate que dio la votación.
El 2 de Junio de 1873 conoce el Gran Oriente de una plancha de la Logia Cuna de América No. 2 comunicando el acuerdo del Taller haciendo renuncia de la gratificación que se le había asignado para compensar los gastos que a dicho Taller se le ocasionan por reunirse en su local todos los Altos Cuerpos Constituyentes: A este auto de desprendimiento y generoso proceder, correspondió el Gran Oriente Nacional, con un voto de Gracia y el disparo de una batería.
El 31 de Marzo de 1878 decreta el Gran Oriente la creación de dos Juntas de Socorros con residentes en las ciudades de Santo Domingo, y Santiago, abarcando una el Departamento sur y la otra el del norte del Oriente Nacional.
Las Juntas de Socorro tenían el deber 1º de informarse asiduamente del estado de pobreza en que se encontraren los hermanos; 2º Inquirir las necesidades y el estado de las familias de los hermanos que por causas ajenas a su voluntad se encuentran en el extranjero; 3º socorrer a las familias de los hermanos incapacitados para el trabajo por motivos de edad, enfermedad o accidentes.
Se dedicaba a los fondos de las Juntas: las colectas semanales de beneficencias hechas por los ecónomos; el 10 % de las entradas generales; el producto de las multas que por sentencia fuesen aplicadas y una contribución anual de un dólar por cada miembro activo de los talleres de la obediencia.
E1 5 de Diciembre de 1875 resolvió et Gran Oriente "autorizar a los Talleres, capítulos, Consejos Kadosh y Gran Consistorio: 1º a elevar en un grado a uno de sus miembros en cada cámara, libre de todo derecho; 2º conceder también la Gracia de dispensa de tiempo; 3º Dispensación de tres años de edad civil a aquellos masones que necesitaren de ellos para pasar a los grados superiores, hasta el de Sob... Príncipe del Real Secreto; 4º Todos los masones rechazados, desde el 2ø grado hasta el 32 podrán ser propuestos nuevamente, aunque no hayan cumplido su tiempo, inclusive los que hubiesen sido definitivamente pospuestos.
E1 12 de Diciembre de 1875 es la fecha de la última acta del Libro de Oro del Gran Oriente Nacional. En la sesión de ese día proclama, y jura la nueva Constitución que devuelve al supremo Consejo del grado 33 la absoluta y suprema autoridad.
CUERPOS PERTENECIENTES A LA JURISDICCION DEL SUPREMO CONSEJO GR∴ 33 PARA LA REPUBLICA DOMINICANA
CAPITULOS ROSA CRUCES
Redención Núm. 1.
Instalado en el Valle de Santo Domingo el 21 de Enero de 1861.
Gethsemaní Núm. 2.
Instalado en el Valle de Santiago el 14 de Septiembre de 1866.
Gólgota Núm. 3.
Instalado en el Valle de Sto. Dgo. el 24 de Diciembre de 1866.
Betania Núm. 4.
Instalado en el Valle 4e Puerto Plata el 19 de Marzo de 1869.
Nazaret Núm. 6.
Instalado en el Valle de Montecristi el 22 de Marzo de 1881.
Palestina Núm. 7.
Instalado en el Valle de Azua el 10 de Diciembre de 1932.
Gelboé Núm. 10.
Instalado en el Valle de Moca el 7 de Febrero de 1900.
Esperanza Num. 11.
Instalado en el valle de S. P. de Macorís el 23 de Febrero, 1923.
27 de Febrero Núm. 12.
Instalado en el Valle de S. P. de Macorís el 23 de Diciembre, 1923.
Santa Cruz Núm. 13.
Instalado en el Valle del Seibo el 12 de Octubre de 1930.
Santa Rosa Núm. 14.
Instalado en el Valle de La Romana el 1 de Marzo de 1931.
Estrella de Oriente Núm. 15.
Instalado en el Valle de Sánchez el 6 de Agosto de 1932.
Belén Núm. 16.
Instalado en el Valle de S. Fco. de Macorís el 8 de Enero de 1933.
Jerusalén Núm. 17.
Instalado en el Valle de Barahona el 26 de Agosto de 1934.
Manuel Ubaldo Gómez Núm. 18.
Instalado en el Valle de La Vega el 18 de Abril de 1943.
Redención y Gólgota Núm. I.
Instalado en el Valle de Ciudad Trujillo el 15 de Diciembre, 1932.
(Fusión de 1os Capítulos Redención Núm. 1 y Gólgota Núm. 3).
Alba Núm. 11.
Instalado en el Valle de S. P. de Macorís el 22 de Agosto de 1948.
(Fusión de los Capítulos Esperanza Num. 11 y 27 de Febrero Núm. 12).
CONSEJOS DE C ∴ C ∴ KADOSH
Ozama Núm. 1.
Instalado en el Campamento de Sto. Dgo. el 21 de Enero, 1866.
Cibao Núm. 2.
Instalado en el Campamento de Santiago el 14 de Mayo de 1871.
Isabel de Torres Núm. 3.
Instalado en el Campamento de Puerto Plata el 16 de Agosto, 1888.
Oriental Núm. 5.
Instalado en el Campamento de S. P. de Macorís, 8 de Mayo, 1950.
Jacobo de Molay Núm. 8.
Instalado en el Campamento de La Romana, 28 de Octubre, 1934.
Camú Núm. 9.
Instalado en el Campamento de La Vega el 9 de Junio de 1946.
Espaillat Núm. 10.
Instalado en el Campamento de Moca el 22 de Julio de 1951.
CONSISTORIOS
Lúmen Núm. 1.
Instalado en el Campamento de Sto. Dgo. el 21 de Mayo, 1932.
Caballeros de Oriente Núm. 2.
Instalado en el Campamento de S. P. de Macorís el 2 de Oct., 1932.
30 de Marzo Núm. 3.
Instalado en el Campamento de Santiago e1, 16 de Agosto. 1952.
Guarionex Num. 4.
Instalado en el Campamento de Puerto Plata el 12 de Junio de 1932.
FUNDACION DEL SUPREMO CONSEJO DEL GRADO 33 PARA LA REPUBLICA DOMINICANA. ORDO AB CHAO
"En la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los 6 días del mes de Adar, que Corresponde al día 16 del mes de Febrero de 1861, según la era cristiana, colocados en un lugar sagrado, donde reina la paz y la concordia, cerca de la hoguera luminosa, bajo el canapé celeste del zenit, cuyo punto vertical está a los 18° 28' 5" L. N. y 6º 52’ 30" L. O. del meridiano de Greenwich, se congregaron los Soberanos Grandes Inspectores Generales Pedro Santana, Serenísimo Gran Protector de la Orden en esta República, David León, Gabriel José de Luna, José María Leyba Ramírez y Antonio Madrigal, quienes después de haberse reconocido mutuamente sus respectivas patentes y encontrándolas todas en buena y debida forma, expresaron entre si el deseo de fundar en esta capital un Supremo Consejo de Soberanos Grandes Inspectores Generales del Rito Antiguo Escocés Aceptado puesto que se hallaban funcionando regularmente en el país una Gran Logia Simbólica, un Soberano Gran Capitulo General y un Soberano Gran Consistorio como centros de la masonería nacional dominicana.
Con cuyo motivo quedó reconocido como Presidente del Comité el Sere ∴ y Muy Il ∴ Cab ∴ Pedro Santana y como Canciller el Muy Ilustre Caballero J. M. Leyba Ramírez. Se dio lectura a las Constituciones y Estatutos de los Grandes Supremos Consejos, sancionados por su Augusta Majestad el Rey de Prusia, Federico II, en fecha 1ro. de Mayo de 1786, y de conformidad con lo prevenido en el párrafo 8 del Art. 5 de dichas constituciones y estatutos, quedó resuelto crear, fundar e instalar regularmente un Supremo Consejo de Soberanos Grandes Inspectores Generales, del Gr... 33 del Rito Antiguo Escocés Aceptado para toda la jurisdicción de la República Dominicana.
El muy Ilustre Caballero David León refiriéndose a lo preceptuado en el párrafo 1ro. del mismo artículo de las expresadas constituciones y estatutos, observó que en el Or ∴ de esta Capital sólo había seis Sob ∴ GG ∴ Inspectores reconocidos, que eran los cinco presentes y el muy ilustre Caballero José Diez, cuya falta de asistencia en el comité era de lamentarse y que por cuya circunstancia era preciso, antes que todo, elevar al grado de Sob ∴ Il ∴ GG ∴ a cuatro masones de este Orden a fin de completar el número de los que exigen las predichas constituciones y estatutos en el 1er. caso del 3er. párrafo del Art. 2 agregando a más de esto que los hermanos que en semejante caso recibiesen tal ascenso deberían pagar en clase de derechos, una cantidad para tener fondos con que hacer frente a los gastos primeros e indispensables.
Sometidas estas observaciones a la consideración del Comité, se propuso primeramente si se consentía en la elevación de cuatro Her al grado de SS∴ GG ∴ Il ∴ y habiéndose aprobado por unanimidad, el Serenísimo exigió de los ilustres Caballeros candidatos de su agrado y que tuviesen las cualidades requeridas: fueron, pues, de común acuerdo propuestos y aceptados los hermanos M. J. Delmonte, Jacinto de Castro, Miguel Lavastida y Antonio D. Madrigal, y pasose enseguida a establecer la suma que se cobraría por derechos de exaltación la que se fijó en sesenta y cuatro pesos fuertes, determinando el Serenísimo que se invitase a los cuatro candidatos a que concurrieran a la próxima sesión del Comité para manifestar su asentimiento. Acto continuo se procedió a practicar las elecciones de los f uncionarios que deberían fundar el Supremo Consejo y dieron el siguiente resultado:
Sob ∴ Gr ∴ Comendador: Pedro Santana.
Tte ∴. Gr ∴ Comendador: Antonio Madrigal.
Tes ∴ del Sto ∴Imp ∴ David León.
Gr∴ Canciller: José Ma. Leyba Ramírez
Ministro de Est. José G. De Luna
Maestro de Ceremonias: José Diez.
y como no hubiese número para nombrar los demás funcionarios, se resolvió continuar las elecciones para otra oportunidad; circuló la bolsa de beneficencia y siendo la hora de en que el sol de la mañana iluminaba el asilo, previo el juramento de orden todos los Caballeros se retiraron en paz.
Firmados. Pedro Santana, Gr∴ 33, David León Gr∴ 33, Antonio Madrigal Gr∴ 33, José G. De Luna Gr∴ 33, José Ma. Leyba Ramírez,
Es copia conforme al original Antonio D. Madrigal Gr∴ 33
Los acontecimientos políticos de aquellos años de luto para el patriotismo del Pueblo Dominicano afectaron la vida de la Masonería. El 19 de Marzo de 1861 se inicia la anexión a España del territorio dominicano y dura hasta el 11 de Julio de 1865. Tan infausto acontecimiento tuvo lugar cuando el Supremo Consejo apenas contaba un mes de existencia.
Al iniciarse esa dominación Española fueron abatidas las columnas de todos los Talleres y Cuerpos Masónicas entre éstos el Supremo Consejo.
Al finalizar el Periodo de la anexión surge a nueva vida la Masonería Dominicana.
En los cuatro años posteriores a la fundación del Supremo Consejo fallecieron los Caballeros Santana, Diez y Madrigal (padre) y se ausentaron del país los Caballeros Delmonte y Lavastida.
RECONSTITUCION DEL SUPREMO CONSEJO
El 15 de Octubre del año 1865 se reunieron en comité los Caballeros Sob∴ Gr∴ Insp∴ Ills∴ José Ma. Leyba Ramírez, David León, Jacinto de Castro y Antonio Madrigal, bajo la presidencia del primero, con el fin de reconstituir el Supremo Consejo. En esa sesión fueron propuestos y aceptados para ser exaltados al grado 33 los Príncipes del Real Secreto Sully Dubreil, Tomás Bobadilla, Benito Alejandro Pérez, Pedro Valverde, Fco. Xavier Abreu, Felipe Perdomo y Rafael. Ma. Leyba. En la misma tenida fueron exaltados los candidatos Bobadilla, Perdomo, Pérez y Valverde.
El 22 de Octubre de 1865 se reúne el Supremo Consejo, bajo la presidencia del Caballero José Ma. Leyba Ramírez. En esa sesión fueron exaltados al grado 33 los Príncipes del Real Secreto Fco. Xavier Abreu y Sully Dubreil. -Se procedió a las elecciones de los funcionarios del Supremo Consejo con el siguiente resultado:
Serenísimo Gran Com ad vitam: Tomás Bobadilla.
Teniente Comendador: José Ma. Leyba Ramírez.
Ministro de Estado: Fco. Xavier Abreu.
Canciller: David León.
Secretario: Antonio Madrigal Antonio Madrigal.
Maestro de Ceremonias: Jacinto de Castro.
Hospitalario: Pedro Valverde.
Porta Estandarte: Sully Dubreil.
Capitán de Guardias: Benito A. Pérez.
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